| Lira de oro |
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    Art. 1º. El galardón de Lira de Oro, será de concesión anual y única, pudiendo ser en un mismo año compartido este galardón y tener duplicidad a la hora de su entrega en casos muy excepcionales que habrán de ser previamente justificados en las propuestas y en la decisión final de la asociación .
Art.2º Podrán optar a él, aquellas personas fÃsicas o jurÃdicas, sean de carácter público o privado, que hayan contribuido con su obra y trabajo en los campos de lo cultural, social, humano, económico o al engrandecimiento de nuestra Asociación, o de la cultura en general en nuestro Municipio, Provincia, Comunidad Autónoma o Estado. Excepcionalmente la asociación o podrá realizar propuesta a favor de persona o entidad, que no reuniendo este requisito, su aportación haya sido de especial trascendencia para la asociación. Art.3º Podrán presentar candidatos al galardón, todas aquellas personas, que se encuentren dadas de alta en la asociación, las entidades culturales de la villa de Trebujena o cualquier organismo público o privado que lo soliciten. Dicha candidatura tendrá que ir acompañada de una memoria explicativa de los motivos que aducen para la concesión de dicho galardón. En ningún caso podrá proponerse asà mismo como candidato al galardón. En casos excepcionales las propuestas serán hechas por personas que no cumplan los anteriores requisitos. Nunca el propio candidato podrá proponerse asà mismo. Art.4º. Una vez presentadas las candidaturas ante la Junta Directiva, ésta realizará una criba entre las opciones presentadas, una vez pasado este proceso, se realizará una Asamblea General, donde los asistentes votarán las distintas candidaturas aceptadas anteriormente por la Junta Directiva; en las fechas comprendidas entre los dÃas 12 y 28 de febrero de cada año, esta fecha puede variarse según necesidades de la asociación. Art.5º. Las reseñadas candidaturas deberán ir acompañadas de los datos personales del candidato propuesto, de una memoria justificativa de sus méritos, de las razones que han motivado su presentación y de los datos de la persona, entidad o asociación que presenta la candidatura. Art.6º. La criba de candidaturas será realizada por la Junta directiva de la banda . Art.7º. La junta directiva una vez recibidas, conocidas y examinadas todas las propuestas presentadas deliberará y propondrá las candidaturas que crea necesarias, que ha de ser ratificada por la asamblea general de socios. Art.8º. El ser galardonado con la Lira de Oro llevar consigo las siguientes atribuciones: • Presidir en lugar de honor la actuación en la que se imponga dicho galardón. • Ser nombrado miembro de honor de la asociación. El nombramiento de los socios de honor se hará por Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. En caso de que los socios sean personas jurÃdicas de naturaleza asociativa se requerirá el acuerdo expreso de su órgano competente, y las de naturaleza institucional, el acuerdo de su órgano rector Art. 9º. La entrega del galardón será efectuada durante la celebración de una asociación de la Asociación Filarmónica “Banda de Música Nuestra Señora de Palomaresâ€; siendo interpretado el himno Nacional Español, compuesto por Benito Pérez Casas |


